Mintransporte expidió nueva resolución de base gravable de vehículos
Los ajustes no serán superiores al 4%. Las secretarías de Hacienda pueden empezar a liquidar el impuesto.
Sin que aún la ciudadanía supere las dudas, el Ministerio de Transporte expidió la nueva resolución que fija la base gravable de vehículos para el 2016.
Ante los exagerados avalúos de los vehículos usados que fijó hace unos días el Ministerio de Transporte, el Consejo de Estado suspendió la resolución inicial, por lo que fue necesario que ese Ministerio hiciera los ajustes pertinentes, y acaba de emitir la nueva norma que fija la base gravable, que según se dice no supera el valor comercial de los carros.
Para tal efecto, según la ministra Natalia Abello Vives, se cumplió la etapa de socialización con los gremios, los entes de control y la ciudadanía.
“Valoramos el esfuerzo y el tiempo de los diferentes gremios, como Fasecolda, Andi, Fenalco, Andemos, Asopartes, AsoUsados, Asorenting, la Asociación de Propietarios de Vehículos Particulares, entre otros; las secretarías de Hacienda de Bogotá y de los
Departamentos, así como de la Procuraduría General de la Nación. Gracias a ese trabajo, en el que se incluyeron las observaciones de la ciudadanía, entregamos una resolución de calidad”, afirmó la Ministra de Transporte, Natalia Abello Vives.
En conclusión, quedaron vigentes las bases gravables y con esa información las secretarías de Hacienda del país pueden empezar a liquidar los impuestos de vehículos. Cada una de ella tiene sus respectivos tiempos, afirmó la ministra.
A los propietarios que ya pagaron el impuesto con la tabla derogada, se les devolverá el saldo a favor, y si a 31 de diciembre de 2016 no han hecho el trámite correspondiente, se les compensará con el impuesto del 2017, aseguró Abello Vives.
Para consultar base gravable
1. En la nueva resolución la base gravable de los vehículos no supera en ningún caso el valor comercial.
2. Para los vehículos que requirieron un acercamiento al valor comercial, con respecto al 2015, el ajuste es inferior a la inflación (6,7%).
3. Para facilitarle el proceso a los usuarios y a las secretarías de Hacienda, se incluyó en la nueva resolución una Línea Base Estándar que agilizará el trámite en el caso de que el vehículo no esté en la tabla.
Para que cada propietario pueda consultar la base gravable de su vehículo, puede ingresar a www.mintransporte.gov.co y hacer clic en el aplicativo: ‘Cálculo de la base gravable del pago de impuesto de vehículo’. Seleccionar el tipo, la marca, el cilindraje, la línea y el modelo de su vehículo y hacer clic en ‘Buscar’.
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