DIAN dice estar lista para devolver a los consumidores los dos puntos del IVA
La entidad está a la espera de que las instituciones bancarias y las emisoras de tarjetas de crédito y, o débito estén, a su vez, listas para reportarlas transacciones.
En reciente comunicado de prensa, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN-, informó que desde la entrada en vigor de la reglamentación para devolverles a los consumidores los dos puntos del IVA, esa entidad está lista y a la espera de que las instituciones bancarias y las emisoras de tarjetas de crédito y, o débito estén, a su vez, listas para reportar las transacciones de sus tarjetahabientes, a fin de realizar el procesamiento y validación de la información y, posteriormente, autorizar a las mismas las devoluciones.
Lo anterior, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 850-1 del Estatuto Tributario, para lo cual el Gobierno Nacional expidió el Decreto 2876 del 11 de diciembre de 2013, que establece la forma y condiciones de la devolución de los dos puntos del IVA, a partir del primero de febrero de 2014.
En mayo pasado, la DIAN precisó a los propietarios de establecimientos que tienen actividades mixtas, cómo éstos deberían registrar el impuesto nacional al consumo, al momento de expedir las respectivas facturas y procesar los pagos de los bienes o servicios sujetos al impuesto, debido a que las entidades emisoras de tarjetas de crédito y, o débito, así como las redes administradoras de datafonos, no habían realizado en su totalidad los cambios y adecuaciones pertinentes en su infraestructura tecnológica, que permitieran distinguir entre lo que corresponde al Impuesto al Consumo e Impuesto al Valor Agregado, IVA, situación que aún no está completamente resuelta.
Por esta razón, al devolver a los contribuyentes los dos puntos del IVA sin realizar la verificación, a qué impuesto corresponde, la DIAN incurriría en detrimento patrimonial.
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