Decreto presidencial deja sin efectos medidas inconsultas tomadas por gobernadores y alcaldes

Por en marzo 18, 2020

Las iniciativas adoptadas por mandatarios regionales y locales deben responder a la estrategia nacional.

En la mañana de este 18 de marzo, en la presentación de las nuevas medidas sociales y económicas tomadas al amparo del Estado de Emergencia, antes de emitir el Decreto 418 de la fecha, por medio del cual se dictan medidas transitorias para expedir normas en materia de orden público, el presidente de la República dijo que respetaba las competencias de alcaldes y gobernadores, pero “nuestro llamado es a la coordinación” para que las medidas que se adopten respondan a la estrategia nacional. Lo anterior en clara alusión a medidas adoptadas por mandatarios territoriales sin haberlas consultado con el Gobierno Nacional.

El Decreto presidencial, el cual divulgó en la tarde de este 18 de marzo la ministra del Interior, Alicia Arango, dice que la dirección del manejo del orden público con el objeto de prevenir y controlar la propagación del Covid-19 en el territorio y mitigar sus efectos, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del coronavirus Covid-19, estará en cabeza del presidente de la República.

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Agrega que las instrucciones, actos y órdenes del presidente de la República en materia de orden público, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del coronavirus Covid 19, se aplicarán de manera inmediata y preferente sobre las disposiciones de gobernadores y alcaldes. Las instrucciones, los actos y órdenes de los gobernadores se aplicarán de igual manera y con los mismos efectos en relación con los de los alcaldes.

Indica  que las disposiciones que para el manejo del orden público expidan las autoridades departamentales, distritales y municipales, deberán ser previamente coordinadas y estar en concordancia con las instrucciones dadas por el presidente de la República. 

Las instrucciones, actos y órdenes emitidas por gobernadores, alcaldes distritales y municipales, deberán ser coordinados previamente con la fuerza pública en la respectiva jurisdicción 

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Los ministros del Interior y de Defensa, acompañados por la Cúpula Militar y Policial, presentaron este miércoles en la Casa de Nariño el Decreto 418 de 2020, sobre medidas transitorias para expedir normas en materia de orden público.

Las instrucciones, actos y ordenes que emitan los gobernadores y alcaldes municipales y distritales en materia de orden público, con relación a la emergencia sanitaria por causa del coronavirus Covid-19, deberán ser comunicados de manera inmediata al Ministerio del Interior. 

Sanciones: Los gobernados y alcaldes distritales y municipales que omitan el cumplimiento de los dispuesto en este Decreto, serán sujetos a las sanciones a que haya lugar. 

Vigencia: El decreto 418 del 18 de marzo de 2020 rige a partir de la fecha de su publicación y modifica las disposiciones que le sean contrarias.

“Competencia de medidas”

Temprano había dicho el presidente Duque: “Aquí no estamos en competencias de medidas, aquí no estamos viendo quién saca una medida más fuerte, más audaz. No. Aquí estamos trabajando todos coordinadamente y esa coordinación es lo que el país necesita”.

Aclaró que la coordinación institucional no es para subordinar al país con ímpetu autoritario. “No, la coordinación es para que la autoridad de salud y el Gobierno Nacional puedan orientar un manejo coherente y congruente de una pandemia”.

Reiteró la necesidad que existe de que la sociedad acompañe las decisiones que se toman, ya que si las medidas de la institucionalidad no son acatadas y respetadas por los colombianos, el país no logrará el objetivo de aplanar la curva de crecimiento del virus.

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