Corte Constitucional suspendió provisionalmente actuación del CNE contra presidente Petro

La medida cautelar se limita exclusivamente al jefe de Estado.
Tal como se rumoraba, la Sala Plena de la Corte Constitucional decretó la suspensión provisional de los efectos de una decisión proferida por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, que había dado vía libre al Consejo Nacional Electoral (CNE) para investigar al presidente Gustavo Petro Urrego por presuntas irregularidades en la financiación de su campaña presidencial.
La medida cautelar, contenida en el Auto del expediente T-10.871.254, se limita exclusivamente al jefe de Estado y estará vigente hasta que se emita una sentencia definitiva sobre la tutela interpuesta por el propio mandatario.
El presidente Petro había acudido a la Corte Constitucional solicitando el amparo de su derecho al debido proceso, en especial en sus dimensiones de juez natural y fuero especial constitucional, tras considerar que el Consejo de Estado había excedido su competencia al permitir que el CNE lo investigara directamente por hechos relacionados con la financiación tanto de su precandidatura como de su campaña presidencial.
En consecuencia, la Corte ordenó:
1. Suspender provisionalmente los efectos de la decisión del 6 de agosto de 2024 del Consejo de Estado, únicamente en lo relativo al presidente de la República.
2. Suspender también los términos de prescripción del proceso administrativo que adelanta el CNE contra el mandatario, los cuales se reanudarán una vez se notifique la sentencia definitiva.
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