Asamblea no está facultada para autorizar venta de predio de propiedad del Departamento del Cauca
Comfacauca emitió comunicado a la opinión pública
El proyecto de ampliación del centro comercial Campanario, en predios de la Villa Olímpica de Popayán, de propiedad del Departamento, que administra Comfacauca, ha suscitado un duro debate.
En la reciente reunión de socialización de la propuesta de enajenación del lote, convocada por el gobernador del Cauca, Temístocles Ortega, luego de la exposición que hiciera el gerente y copropietario del centro comercial Campanario, arquitecto Jorge Naranjo, quien presentó el proyecto con 40 nuevos locales comerciales, entre ellos Home Center, como almacén ancla, hubo quienes se mostraron a favor de la iniciativa, y otros en contra de la misma.
Quienes se oponen esgrimieron varios argumentos, como la pérdida de un importante espacio público para el disfrute de toda la ciudadanía, en especial de los niños y jóvenes de la población más vulnerable, que encuentran seguridad en la Villa; disminución de la movilidad en un sector neurálgico de Popayán; pérdida de una zona verde y pulmón de la ciudad. Tampoco están de acuerdo que parte de ese predio, en el norte de la ciudad, de propiedad del Departamento, se permuta por un lote ubicado en el occidente de Popayán, en donde se construiría, según el gobernador, un complejo deportivo.
El proyecto contempla la ampliación de 300 a 900 parqueaderos. Al respecto se considera, que si actualmente existe represamiento vehicular en la autopista y en la avenida Juan Pablo II (carrera 15 entre calles 18N y 25N) con mayor razón al triplicar la capacidad de los estacionamientos. Esto significaría que se espera de tres a cinco veces más visitantes de los que concurren actualmente al centro comercial Campanario, haciendo imposible la movilidad en el norte de Popayán.
Igualmente, este sector de la ciudad, que era exclusivamente residencial, se viene densificando y se está convirtiendo en zona comercial, sin tener la infraestructura vial adecuada para soportar ese cambio.
De otro lado, la Asamblea del Cauca, no estaría facultada para autorizar al gobernador, como representante legal del Departamento, a enajenar esa propiedad, como lo explica Comfacauca, en comunicado a la ciudadanía, que se publica a continuación.
Comunicado de Comfacauca a la opinión pública
Con relación al debate público que se ha suscitado en los últimos días sobre la posible enajenación de terrenos pertenecientes a La Villa Olímpica de Popayán, la Caja de Compensación Familiar del Cauca – COMFACAUCA, manifiesta:
– A la Villa Olímpica, administrada por Comfacauca, entidad de carácter social y sin ánimo de lucro, ingresan al año más de 488 mil personas, entre niños, jóvenes, adultos, adultos mayores y personas en condiciones de discapacidad, accediendo a programas de Jornada Escolar Complementaria, festivales infantiles de fútbol, escuelas de formación deportiva, en futbol, microfútbol, arqueros, baloncesto, voleibol, tenis, squash y patinaje, programas de caminantes y acondicionamiento físico, entrenamiento deportivo con alumnos de instituciones educativas públicas, universidades, colonias, grupos de comerciantes, taxistas, y transportadores, prestando servicios a toda la comunidad, sin excepción.
– El inmueble sobre el cual funcionan hoy los escenarios conocidos como “Villa Olímpica” de Popayán, fue adquirido por la Gobernación del Cauca con recursos provenientes del presupuesto nacional, destinados en forma específica por el Presidente de la República, General Gustavo Rojas Pinilla, mediante Decreto Extraordinario con fuerza de Ley 3362 de 1955. Por tanto, la Asamblea Departamental no se encuentra facultada para autorizar la venta del predio con su consecuente cambio de destinación, a través de la expedición de una Ordenanza, norma de inferior jerarquía.
– Sobre el particular la Procuraduría Regional del Cauca, profirió Control de Advertencia a los Diputados del Departamento del Cauca, señalando que de proceder a otorgar las facultades sin observar las exigencias legales, podría incurrirse en hechos disciplinables e incluso en conductas de naturaleza penal.
– De conformidad con las obligaciones consignadas en los Contratos de Administración suscritos entre COMFACAUCA y la Gobernación del Departamento del Cauca, no corresponde a COMFACAUCA la obligación de realizar el pago del impuesto predial sobre los bienes administrados. El impuesto predial es un impuesto a la propiedad y a menos que se pacte lo contrario, siempre corresponde su pago al propietario.
– Comfacauca no ha sido notificada de la existencia de ningún tipo de acción judicial, ya sean acciones populares o de tutela frente a la prestación de sus servicios de recreación y deporte. Por el contrario, se ha recibido por parte de la ciudadanía en general, el reconocimiento y respaldo por la prestación eficaz y en condiciones óptimas del servicio prestado en La Villa Olímpica, escenario que representa un pulmón ambiental para la ciudad.
– El acceso a los escenarios deportivos se presta cobrando tarifas mínimas a la ciudadanía, y brindando acceso gratuito a poblaciones especiales y vulnerables. El cobro de dichas tarifas garantiza la seguridad y la calidad en todos los escenarios recreativos y deportivos, a diferencia de lo que ocurre en más de 80 escenarios de naturaleza pública en la ciudad de Popayán, que no cumplen en forma efectiva el objeto para el cual fueron construidos y que en ocasiones exponen la integridad física y la seguridad de los deportistas.
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