Vivienda nueva estará protegida por 10 años contra colapsos y amenaza de ruina
Los propietarios que reporten fallas en sus casas podrán ser indemnizados.
La protección de la vivienda nueva en caso de colapso o amenaza de ruina por 10 años, será una realidad para los colombianos, gracias al Decreto de Amparos de la Ley de Vivienda Segura, expedido por el Ministerio de Vivienda.
El Decreto 282 de 2019 protegerá el patrimonio de los colombianos a través de tres mecanismos de resarcimiento: fiducia en garantía, garantía bancaria o una póliza de seguro.
De esta manera, los propietarios que reporten fallas en las viviendas serán indemnizados (en dinero), con la reconstrucción de la vivienda, o intervención para garantizar la estabilidad y seguridad de la construcción. En caso de que las familias requieran arrendamiento, el Gobierno Nacional otorgará un subsidio por un valor mensual de hasta 1,5 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Activación inmediata
El ministro de Vivienda, Jonathan Malagón, dijo que con esta normatividad las aseguradoras o financieras deberán activar el mecanismo de amparo, una vez los propietarios reporten irregularidades estructurales en sus predios, defectos en los materiales, no aplicación de los estudios de suelo, incumplimiento de las normas de sismo resistencia y defectos en el proceso constructivo.
“Con este decreto se completa el paquete de medidas dispuestas en la Ley de Vivienda Segura o Ley Anti-Space, que están vigentes y que garantizan mayor control de las licencias urbanísticas, mejores materiales de construcción y mayor control en el momento de iniciar un proyecto”, indicó Malagón.
El Ministerio informó que la aplicación del decreto no impactará significativamente el precio de la vivienda, ni el bolsillo de los compradores de vivienda.
La normativa establece que el valor de la cobertura del mecanismo de amparo será igual al valor de reconstrucción o reemplazo de la vivienda, según el Índice de Precios del Consumidor (IPC).
Así mismo, las tarifas definidas por las entidades financieras o aseguradoras para la constitución de los mecanismos de amparo sobre las Viviendas de Interés Social y Prioritario tendrán en cuenta el valor tope de las mismas, definido en el Plan Nacional de Desarrollo vigente.
El Ministro de Vivienda, Jonathan Malagón; el presidente de Fasecolda, Jorge Humberto Botero y la presidenta de Camacol, Sandra Forero, en la presentación del decreto de Amparos de la Ley de Vivienda Segura
Tiempo de implementación
El presidente de la Federación de Aseguradores Colombianos (Fasecolda), Jorge Humberto Botero, afirmó que se contará con dos años para la implementación de la medida.
“Viene un periodo de ajuste, son los dos próximos años. En este periodo de ajuste la industria de la construcción y la industria de seguros tienen que desarrollar interlocuciones muy eficientes, para que, en efecto, si los constructores adoptan este mecanismo, lo hagan en bien suyo, en bien de sus proyectos y en bien fundamentalmente de quienes van a adquirir esas viviendas”, precisó Botero.
La presidenta de Camacol, Sandra Forero, destacó, por su parte, el papel de la Superintendencia Financiera para la reglamentación del Decreto.
“Nosotros vemos con muy buenos ojos que sea la Superintendencia Financiera, en sus competencias, quien va a reglamentar estos mecanismos de resarcimiento, específicamente sobre la póliza; me refiero a que la Superintendencia, al ser ellos los que van a reglamentar, es importante tener en cuenta que va a generar un nuevo ramo para esta póliza”, precisó Forero.
Una vez otorgado el mecanismo de amparo, la entidad no podrá eximirse del pago de la indemnización a que haya lugar al comprador de la vivienda, aduciendo malas prácticas de los profesionales que participaron en la construcción de la edificación.
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