Nace el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación

Por en enero 25, 2019

La nueva cartera deberá iniciar su funcionamiento en un término no mayor a un año.

Con la sanción, el 24 de enero de 2019 de la Ley 1951 se puso en marcha la creación del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación y se impulsa el fortalecimiento del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.

La nueva normativa precisa que el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación para comenzar sus tareas “no debe generar gastos adicionales de personal ni generales a los que al momento de su creación tenga presupuestado el Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación (Colciencias)”.

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Ese Ministerio garantizará ‘las condiciones necesarias para que los desarrollos científicos, tecnológicos e innovadores, se relacionen con el sector productivo y favorezcan la productividad y el emprendimiento’, dice la ley.

En efecto, la norma que lleva las firmas de la ministra del Interior, Nancy Patricia Gutiérrez, delegataria de funciones presidenciales; del ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla, y del director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Antonio Grillo, traza pautas para que el país tenga un ente rector de la política de ciencia, tecnología e innovación que genere capacidades y promueva el conocimiento científico, entre otros aspectos.

La normativa señala que el mencionado Ministerio deberá contribuir al crecimiento del país y deberá buscar siempre “el bienestar de los colombianos y consolidar una economía más productiva y competitiva y una sociedad más equitativa”.

Tras la sanción de esa Ley, el Ministerio deberá iniciar su funcionamiento en un término “no mayor a un año” para lo que el Gobierno Nacional hará los ajustes necesarios.

1548467513993_Foto 1El Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación (Colciencias), se transforma en el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación. (Foto tomada Internet)

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 Objetivos generales y específicos

Entre algunos de los objetivos generales de la Ley 1951 están: “Garantizar las condiciones necesarias para que los desarrollos científicos, tecnológicos e innovadores, se relacionen con el sector productivo y favorezcan la productividad, la competitividad y el emprendimiento”.

Igualmente, el nuevo Ministerio velará por consolidar y fortalecer el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación y dictará ‘los lineamientos de la política pública de Ciencia, Tecnología e Innovación’.

También impulsará el desarrollo científico, tecnológico y la innovación del país, que están previstos en la Constitución Nacional, el Plan Nacional de Desarrollo, de acuerdo con las pautas trazadas por el Gobierno Nacional y el Consejo Asesor de Ciencia, Tecnología de Innovación.

La nueva entidad garantizará ‘las condiciones necesarias para que los desarrollos científicos, tecnológicos e innovadores se relacionen con el sector productivo y favorezcan la productividad y el emprendimiento’.

Objetivos
Entre los objetivos específicos del Ministerio están:
• El fortalecimiento de una cultura fundamentada en la generación, la apropiación y la divulgación del conocimiento.
• La definición de las bases para la formulación de un Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación
• La incorporación de la Ciencia, Tecnología e Innovación, como ejes transversales de la política económica y social del país.

Además, la nueva entidad orientará el fomento de actividades científicas, tecnológicas y de innovación hacia el mejoramiento de la competitividad en el contexto del Sistema Nacional de Competitividad.

Igualmente, el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación fortalecerá el desarrollo regional, por medio de políticas integrales de descentralización e internacionalización de las actividades científicas, tecnológicas y de innovación, de acuerdo con las dinámicas internacionales.

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